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2 septembre 2026

AI Act para empresas andorranas: lo que ya te obliga en 2026

El AI Act obliga desde el 2 de agosto de 2026 a avisar de que se interactúa con una IA y a etiquetar el contenido generado. El plazo técnico de marcado vence el 2 de diciembre de 2026. Las reglas de alto riesgo se aplazan a diciembre de 2027 y agosto de 2028.

Empresaria anotando a lápiz un dossier normativo impreso en una oficina de paredes de piedra de un valle pirenaico, obligaciones del AI Act para empresas andorranas
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El AI Act para empresas andorranas dejó de ser un asunto teórico el 2 de agosto de 2026. Ese día la Comisión Europea activó sus poderes de ejecución y con ellos las obligaciones de transparencia del artículo 50. Un mes después, la conversación en muchos comités de dirección sigue anclada en el aplazamiento de la IA de alto riesgo, como si todo lo demás se hubiera aplazado también.

Respuesta rápida: El Reglamento europeo de IA obliga desde el 2 de agosto de 2026 a avisar al usuario de que interactúa con una IA y a etiquetar el contenido generado o alterado. El marcado técnico vence el 2 de diciembre de 2026. Las reglas de alto riesgo se posponen a diciembre de 2027. Alcanza a proveedores andorranos que venden a la Unión Europea.

Lo esencial

  • La Comisión Europea empezó a hacer cumplir las obligaciones de transparencia el 2 de agosto de 2026, junto con las prohibiciones y las normas sobre modelos de propósito general (Comisión Europea, 31 de julio de 2026).
  • Los sistemas de alto riesgo autónomos se aplazan al 2 de diciembre de 2027 y los integrados en productos al 2 de agosto de 2028 (Consejo de la UE, 29 de junio de 2026).
  • El periodo de gracia para las soluciones técnicas de marcado de contenido sintético se recortó de seis a tres meses y vence el 2 de diciembre de 2026 (Consejo de la UE, 7 de mayo de 2026).
  • Las multas llegan a 35 millones de euros o el 7 % de la facturación mundial en prácticas prohibidas y a 15 millones o el 3 % en el resto (Comisión Europea, marco de ejecución).
  • El 20,0 % de las empresas de la UE de 10 o más empleados usaba IA en 2025, frente al 13,5 % de 2024 (Eurostat, 11 de diciembre de 2025).

Qué se aplazó de verdad y qué sigue en pie

El paquete Omnibus VII no derogó nada. Movió fechas. El Consejo cerró el acuerdo provisional con el Parlamento el 7 de mayo de 2026 y le dio luz verde definitiva el 29 de junio. Lo desplazado fue el bloque caro: los sistemas de alto riesgo, con documentación técnica, gestión de riesgos, supervisión humana acreditada y registro en la base de datos europea. Lo que no se movió es lo que afecta a más empresas y cuesta menos: decir la verdad sobre qué es una máquina y qué no.

Obligación Fecha de aplicación Estado
Prohibiciones de prácticas de IA y alfabetización en IA 2 de febrero de 2025 En vigor
Gobernanza y modelos de propósito general (GPAI) 2 de agosto de 2025 En vigor
Transparencia del artículo 50 y poderes de ejecución 2 de agosto de 2026 En vigor
Marcado técnico del contenido sintético 2 de diciembre de 2026 Pendiente
Prohibición de contenido íntimo no consentido y CSAM Diciembre de 2026 Pendiente
Espacios controlados de pruebas (sandboxes) nacionales 2 de agosto de 2027 Pendiente
Sistemas de alto riesgo autónomos (anexo III) 2 de diciembre de 2027 Aplazado
Sistemas de alto riesgo integrados en productos 2 de agosto de 2028 Aplazado

Fuente: Consejo de la UE (7 de mayo y 29 de junio de 2026) y Comisión Europea (31 de julio de 2026).

Por qué el AI Act para empresas andorranas aplica sin estar en la UE

Aquí falla la intuición. Andorra no es Estado miembro, pero el Reglamento no se ancla en dónde estás sino en dónde aterriza tu producto. Los considerandos 21 y 22 del Reglamento (UE) 2024/1689 lo dicen sin rodeos: las normas se aplican a los proveedores sin discriminación, estén establecidos en la Unión o en un tercer país, y alcanzan a los de terceros países cuando los resultados de sus sistemas se destinan a usarse en la Unión.

Traducido al día a día andorrano: si tu asesoría vende un asistente conversacional a clientes de Barcelona, si tu agencia genera creatividades con IA para una marca de Toulouse, si tu plataforma turística responde reservas con un bot a usuarios franceses, el reglamento te alcanza. Sin filial, sin establecimiento permanente y sin registro mercantil europeo.

El contexto institucional apunta en la misma dirección. El Consejo de la UE dio luz verde al acuerdo de asociación con Andorra y San Marino el 16 de julio de 2026, con firma prevista en Bruselas en septiembre de 2026 y ratificación posterior del Parlamento Europeo. Antes, el 14 de mayo de 2026, Marc Rossell, ministre de Funció Pública i Transformació Digital, y Óscar López, ministro español para la Transformación Digital y de la Función Pública, firmaron un protocolo de entendimiento sobre identidad digital, inteligencia artificial y ciberseguridad. La convergencia normativa no es hipótesis: es calendario.

La multa que te pueden poner probablemente no son 15 millones

El titular sancionador asusta a quien no debe y tranquiliza a quien sí debería preocuparse. El artículo 99 fija tres escalones: 35 millones de euros o el 7 % de la facturación mundial para prácticas prohibidas, 15 millones o el 3 % para el resto de obligaciones, y 7,5 millones o el 1 % por información incorrecta o incompleta. En todos ellos rige "la cifra que sea mayor".

Pero el apartado 6 del mismo artículo invierte la regla para pymes y start-ups: en su caso se aplica la cifra menor de las dos.

Cálculo propio de Valira Valley con esas cifras: una empresa andorrana con 4 millones de euros de facturación y menos de 250 empleados —pyme según la Recomendación 2003/361/CE— se expone a un tope de 120.000 euros por incumplir el artículo 50, no a 15 millones. La frontera aritmética entre porcentaje e importe fijo está en 500 millones de facturación: por debajo, en una empresa no pyme manda siempre el importe absoluto. Son techos, no tarifas: la autoridad nacional gradúa.

La cifra real, para la mayoría de negocios andorranos, es incómoda pero manejable. El coste que no lo es: que un cliente europeo descubra que su proveedor no puede acreditar el origen de sus contenidos.

Qué tener resuelto antes del 2 de diciembre de 2026

Tres cosas, por orden de esfuerzo. Primera, inventario: sistemas de IA en uso, con proveedor, finalidad y punto de contacto con clientes o empleados de la Unión Europea. Sin eso, el resto son conjeturas. Segunda, aviso: cualquier interfaz conversacional debe identificarse como IA; es una línea de copy y una decisión de diseño, no un proyecto. Tercera, el trabajo técnico: marcas legibles por máquina en imágenes, audio, vídeo y texto generados o alterados. La Comisión publicó el 10 de junio de 2026 un código de buenas prácticas sobre transparencia del contenido generado por IA que a finales de julio habían firmado unas 190 empresas. Es voluntario, y ahí está la trampa: firmarlo sin desplegar el marcado no acredita nada.

Cuándo esto no va contigo

Un límite honesto. Si tu uso de IA es estrictamente interno, el sistema no se comercializa en la Unión Europea y sus resultados no se destinan a usarse allí, el Reglamento no te alcanza por esta vía. Una gestoría de Escaldes que resume actas con un modelo para consumo propio de sus socios andorranos no despliega nada en el mercado interior.

Tampoco conviene sobreactuar al revés. El aplazamiento a diciembre de 2027 es real: si tu sistema cae en el anexo III, el expediente técnico y la evaluación de conformidad no son un problema de este ejercicio. Gastar presupuesto en 2026 en documentación de alto riesgo para un sistema que quizá rediseñes antes de 2027 es tirar dinero.

El equilibrio razonable: resolver la transparencia ahora, que es barata y exigible ya, y dejar el alto riesgo para un plan a dieciocho meses con revisión trimestral. Con un 20,0 % de empresas europeas usando IA en 2025, la ventaja ya no está en adoptarla antes que el vecino, sino en poder venderla a un comprador europeo que te exija por contrato acreditar cómo la usas.

Fuentes

Questions fréquentes

¿Se aplica el AI Act a una empresa andorrana si Andorra no está en la Unión Europea?

Sí, cuando el sistema de IA se comercializa en la Unión Europea o cuando los resultados que produce se usan dentro de la Unión. Los considerandos 21 y 22 del Reglamento (UE) 2024/1689 establecen que las normas se aplican a los proveedores con independencia de si están establecidos en la Unión o en un tercer país.

¿Qué hay que tener listo antes del 2 de diciembre de 2026?

El marcado técnico y legible por máquina del contenido generado o alterado por sistemas de IA. El Consejo de la UE acortó ese periodo transitorio de seis a tres meses en su acuerdo del 7 de mayo de 2026, de modo que vence el 2 de diciembre de 2026, junto con la nueva prohibición de contenido íntimo no consentido.

¿Cuánto puede multar realmente el AI Act a una pyme andorrana?

El artículo 99 del Reglamento fija topes de 35 millones de euros o el 7 % de la facturación mundial para prácticas prohibidas y de 15 millones o el 3 % para el resto de incumplimientos. Para pymes y start-ups se aplica la cifra menor de las dos, no la mayor, lo que reduce el techo a decenas de miles de euros en empresas pequeñas.

¿Qué obligaciones del AI Act se han aplazado y hasta cuándo?

Las de los sistemas de alto riesgo. Los sistemas autónomos de alto riesgo pasan al 2 de diciembre de 2027 y los integrados en productos regulados al 2 de agosto de 2028, según la aprobación definitiva del Consejo de la UE del 29 de junio de 2026 dentro del paquete Omnibus VII.

¿Firmar el código de buenas prácticas sobre contenido generado por IA equivale a cumplir la norma?

No. El código publicado por la Comisión Europea el 10 de junio de 2026 es voluntario y sirve para demostrar cumplimiento, pero las obligaciones de transparencia del artículo 50 son exigibles con independencia de la adhesión. Firmarlo sin implementar el marcado no protege frente a una inspección.

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